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901/04 Ordenanza Nº 377/91

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Articulo 1º.- Prohíbese la circulación de vehículos pesados (de carga o tracción) en las calles pavimentadas de la Zona Urbanizada de la Ciudad de Navarro, con las siguientes excepciones:

• Calle 101 entre 16 y 24
• Calle 01 entre 24 y 34
• Calle 34 entre 01 y 19
• Calle 19 entre 34 y 24
• Calle 119 entre 24 y 16
• Calle 16 entre 119 y 101
• Calle 11 entre 34 y 32
• Calle 32 entre 11 y 09
• Calle 09 entre 32 y 34
• Calle 07 desde 34 hasta Acceso Ruta 41
• Calle 24 desde 119-19 hasta acceso Ruta 200
• Las operaciones de carga, descarga y reparaciones en horario comercial.

Articulo 2º.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos pesados de carga de más de 20.000 kg. en la Zona Urbanizada de la Ciudad de Navarro con las siguientes excepciones:

• Calle 101 entre 16 y 24 (ambas manos sobre banquinas).
• Calle 01 entre 24 y 34 (ambas manos sobre banquinas).
• Calle 34 entre 11 y 27 (mano lindera a predio Ferrocarril Belgrano).

Articulo 3º.- Prohíbese el estacionamiento vehicular en la calle 9 entre 32 y 34 en el sector perteneciente a la firma Andrés Lagomarsino e Hijos, quedando dicho lugar reservado para uso exclusivo en la Empresa, debiendo ésta construir en el lugar una Playa de carga y estacionamiento de acuerdo con el proyecto que conforma el Anexo I de la presente.-

Articulo 4º.- El Departamento Ejecutivo procederá a la adecuada señalización e implementará todas las acciones conducentes al fiel cumplimiento de lo previsto por la presente Ordenanza.-

Articulo 5º.- Las infracciones producidas por incumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1º, 2º y 3º serán penalizados con lo dispuesto en la materia por el Código Municipal de Faltas.-

Articulo 6º.- Derógase toda Ordenanza, Resolución o disposición que se oponga a la presente.-

Artículo 7º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 901/04.-

EXPEDIENTE Nº 2085 -HCD- 04.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 10 DIA DEL MES
DE MAYO DEL 2004.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante