939/05 Ordenanza Nº 920/04

VISTO:

Que la Ordenanza 920/04 establece el beneficio de presentismo a los Agentes Municipales que están tramitando su jubilación por invalidez y lo incorpora al Anexo de la Ordenanza 788/01;

Que la mencionada norma, en su Artículo 1º el punto “H” al anexo de referencia, habilitando al Departamento Ejecutivo para que éste abone los beneficios descontados a dichos Agentes oportunamente, con retroactividad a la fecha en que comenzaron a realizarse los descuentos del premio;

Que esa retroactividad en los pagos de descuentos por presentismo no se ha cumplido en su totalidad, aduciendo el Departamento Ejecutivo que la notificación realizada no es suficiente para acreditar la legalidad de los mismos;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ABÓNESE a los Agentes Municipales que oportunamente tramitaron o que actualmente tramitan su jubilación por invalidez, todos los premios por presentismo descontados a partir de las inasistencias causadas por la/s enfermedad/es causal/es del trámite jubilatorio.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 939/05.-

EXPEDIENTE Nº 2218 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 04 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2005.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante