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944/05 Las Marianas

  • por

VISTO:

La necesidad de identificar los domicilios de los propietarios de la localidad de Las Marianas, y;

CONSIDERANDO:

Que, se debe otorgar una numeración de frente, a las propiedades edificadas para permitir la remisión de impuestos, facturas de servicios u otras notificaciones;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ESTABLÉZCASE como numeración para identificación domiciliaria la determinada por el presente artículo y tomando como referencia las siguientes:

• La calle 2 como número cero y en forma creciente de Sur a Norte y a la calle 27 como número cero y creciendo de Oeste al Este, definiéndola de la siguiente manera:
– Los números ascendentes con inicio en calle 2 a la intersección con calle 4 se identificaría el Nº 100, con calle 6 al Nº 200, con calle 8 al Nº 300, con calle 10 al Nº 400.
– Los números ascendientes con inicio en calle 27 a la intersección con la calle 25 se identificaría con el Nº 100, con calle 23 al Nº 200, con calle 21 al Nº 300, con calle 19 al Nº 400, con calle 17 al Nº 500, con calle 15 al Nº 600, con calle 13 al Nº 700, con calle 11 al Nº 800, con calle 9 al Nº 900, con calle 7 al Nº 100, con calle 5 al Nº 1100, con calle 3 al Nº 1200, con calle 1 al Nº 1300. (Se adjunta plano de referencia).-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 944/05.-

EXPEDIENTE Nº 2231 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 18 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2005.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante