VISTO:
El Expediente caratulado “ESPOL S.R.L. S/solicita Lote de Terreno en el Parque Industrial de Navarro”, y;
CONSIDERANDO:
Que en dicho expediente el Sr. HORACIO POLIOTTI, Socio Gerente de ESPPOL S.R.L., con domicilio en calle José Batlle y Ordóñez 5529 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la suscripción de un Boleto de Compra-Venta para la adquisición de la Parcela Nº 7 de la Chacra Nº 3 del Parque Industrial de Navarro con el objeto de instalar una planta dedicada a la molienda de cereales y legumbres.
Que la solicitud de ESPOL S.R.L. reúne las condiciones exigidas por la Ordenanza 164/80 para adquirir la Parcela Nº 7 de la Chacra Nº 3 de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a vender a ESPOL S.R.L., con domicilio en calle José Batlle y Ordóñez 5529 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción IX; Sección A; Chacra 3, Parcela 7 de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”.-
Artículo 2º: La venta se hará en un todo de acuerdo con lo prescripto en la Ordenanza Nº 164/80 y sus modificaciones, y su precio -que surgirá de la valuación fiscal de la parcela a adquirir- deberá ser cancelado por el comprador en veinticuatro (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.-
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos, y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 956/05.-
EXPEDIENTE Nº 2260 -HCD- 05.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 06 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2005.-
CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante