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974/05 Registro de la propiedad

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VISTO:

La necesidad de dictar una norma que de cumplimiento a lo establecido por la Disposición Técnica Registral Nº 1/82, en lo que hace a la forma de incorporar bienes inmuebles al patrimonio municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, la referida Disposición los establece en su Artículo 1º cuando dice “…debiéndose considerar título suficiente a tales efectos el Decreto, Ordenanza, Resolución o Disposición de la autoridad respectiva en que acepte aquella”;

Que, ya se han dictado Ordenanzas autorizando al Departamento Ejecutivo, a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la incorporación de otros inmuebles al patrimonio municipal – Ordenanza Municipal 122/86;

Que la facultad de requerir su incorporación también está avalada por estar encuadrado este inmueble en lo dispuesto por el Artículo 225 del Decreto – Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, de la parcela a la que se hace referencia en el Artículo 2º, se ha efectuado el correspondiente Plano de Mensura para Inscribir Dominio, el que fuera aprobado, bajo la característica 75-9-2005, por el Departamento de Fiscalización Parcelaria, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y debidamente Registrado bajo el Legajo 163, Folio 3 de fecha 09 de Agosto del 2005, ante la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía, todos organismos de incumbencia y de la Provincia de Buenos Aires;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la inscripción a su nombre, del inmueble que se detalla en el Artículo Nº 2 de la presente Ordenanza, por estar comprendido en el Artículo 4º del Decreto Ley 9533/80 y el Artículo 225 del Decreto Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2º: Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Fracción I; Sección B; Quinta 49; Parcela 3c.
Medidas: Según Plano de Característica 75-9-2005: 45,21 m. en su frente al Nord Este; 30,63 m. en su costado al Sud Este; su contrafrente al Sud Este, presenta dos tramos: el primero de 44,10 m., y el segundo de 1,50 m., ambos con igual dirección Sud Este – Nord Oeste; y 30,03 m. en su otro frente al Nord Oeste.
Linderos: Al Nord Oeste: Calle 123 (T); al Sud Este: Parte de la Parcela 3b; al Sud Oeste: En su primer tramo: Con parte de la Parcela 3b y en su segundo tramo: con Calle 6 (T); y al Nord Oeste: Calle 6 (T).
Superficie: 1.382,82 m2.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 974/05.-

EXPEDIENTE Nº 2338 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 17 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2005.-