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975/05 Registro de la propiedad

  • por

VISTO:

La necesidad de dictar una norma que de cumplimiento a lo establecido por la Disposición Técnica Registral Nº 1/82, en lo que hace a la forma de incorporar bienes inmuebles al patrimonio municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, la referida Disposición los establece en su Artículo 1º cuando dice “…debiéndose considerar título suficiente a tales efectos el Decreto, Ordenanza, Resolución o Disposición de la autoridad respectiva en que acepte aquella”;

Que, ya se han dictado Ordenanzas autorizando al Departamento Ejecutivo, a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la incorporación de otros inmuebles al patrimonio municipal – Ordenanza Municipal 122/86;

Que la facultad de requerir su incorporación también está avalada por estar encuadrado este inmueble en lo dispuesto por el Artículo 225 del Decreto – Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, de la parcela a la que se hace referencia en el Artículo 2º, se ha efectuado el correspondiente Plano de Mensura para Inscribir Dominio, el que fuera aprobado, bajo la característica 75-9-2005, por el Departamento de Fiscalización Parcelaria, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y debidamente Registrado bajo el Legajo 163, Folio 3 de fecha 09 de Agosto del 2005, ante la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía, todos organismos de incumbencia y de la Provincia de Buenos Aires;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la inscripción a su nombre, del inmueble que se detalla en el Artículo Nº 2 de la presente Ordenanza, por estar comprendido en el Artículo 4º del Decreto Ley 9533/80 y el Artículo 225 del Decreto Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2º: Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Fracción I; Sección B; Quinta 49; Parcela 4a.
Medidas: Según Plano de Característica 75-10-2005: Al Nord Este presenta tres tramos, que miden: El primero con dirección Nord Oeste – Sud este 37,14 m., el segundo con dirección Sud Oeste – Nord Este 22,77 m.; y el tercero con dirección Nord Oeste – Sud Este 57,36 m.; al Sud Este 58,91 m.; al Sud Oeste 102,36 m.; y 35,60 m. al Nord Oeste.
Linderos: Al Nord Oeste: presente tres tramos: El primero linda con: Remanente Parcela 6, y el tercero con Calle 121 bis (T), abierta al uso público (no cedida de título); al Sud Este: Calle 6 (T), abierta al uso público (no cedida de título); al Sud Oeste: Calle 121 (T); y al Nord Oeste: Calle 8 (T).
Superficie: 5.084,57 m2.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 975/05.-

EXPEDIENTE Nº 2337 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2005.-