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982/05 Pago al contado

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

REGULARIZACIONES POR PAGO AL CONTADO

Artículo 1º: ESTABLÉCESE un plan de Pago de Tributos Municipales, a fin de Deudas por Tributos Municipales establecidos en la Ordenanza Impositiva, por Contribuciones de Mejoras y toda suma de dinero de la que resulte acreedora la Municipalidad de Navarro, conforme a las siguientes normas:

a) El plan alcanzará solamente a aquellas deudas que se cancelen totalmente los montos adeudados hasta el 30 de diciembre de 2005.
b) La deuda se cobrará a su valor nominal, sin adicionar recargos, multas ni intereses.
c) Mediando Juicio de apremio el contribuyente cancelará las costas del proceso simultáneamente, fijándose los honorarios de los letrados intervinientes en el mínimo de la escala legal aplicable.
d) Los deudores de Tasa por Control de Seguridad e Higiene podrán solicitar bajas retroactivas, a cuyos efectos aportarán prueba fehaciente, conforme la reglamentación que dicte el Departamento Ejecutivo.
e) Se excluye de esta Ordenanza las Patentes Automotores de cobro transferido por la Provincia de Buenos Aires al Municipio y las incluidas en el Capítulo XI de la Ordenanza Impositiva vigente.
f) La sanción de esta Ordenanza no implica la paralización de las Ejecuciones Judiciales en curso. Quienes no regularicen su situación fiscal, serán alcanzados por el Plan de Cobranzas por Apremio Judicial, a implementar a partir del primer día hábil de 2006.
g) Los planes que se otorguen dentro del marco de la Ordenanza Permanente de Facilidades de Pago, en su modalidad hasta cuatro cuotas, devengaran un interés financiero del 1% mensual.

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 982/ 05.-

EXPEDIENTE Nº 2368 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2005.-