VISTO:

La necesidad de dictar una norma que de cumplimiento a lo establecido por la Disposición Técnica Registral Nº 1/82, en lo que hace a la forma de incorporar bienes inmuebles al patrimonio municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, la referida Disposición lo establece en su Artículo 1º cuando dice “…debiéndose considerar título suficiente a tales efectos el Decreto, Ordenanza, Resolución o Disposición de la autoridad respectiva en que acepte aquella”;

Que, ya se han dictado Ordenanzas autorizando al Departamento Ejecutivo, a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la incorporación de otros inmuebles al patrimonio municipal – Ordenanza Municipal 122/86;

Que la facultad de requerir su incorporación también está avalada por estar encuadrado este inmueble en lo dispuesto por el Artículo 225 del Decreto – Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, de la parcela a la que se hace referencia en el Artículo 2º, se ha efectuado el correspondiente Plano de Mensura para Inscribir Dominio, el que fuera aprobado, bajo la característica 75-11-2005, por el Departamento de Fiscalización Parcelaria, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y debidamente Registrado bajo el Legajo 202, Folio 3 de fecha 02 de Septiembre del 2005, ante la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía, todos organismos de incumbencia y de la Provincia de Buenos Aires;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la inscripción a su nombre, del inmueble que se detalla en el Artículo Nº 2 de la presente Ordenanza, por estar comprendido en el Artículo 4º del Decreto Ley 9533/80 y el Artículo 225 del Decreto Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2º: Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Sección C; Quinta 75; Manzana 75b; Parcela 5a.
Medidas: Según Plano de Característica 75-11-2005: 16,00 m. al Nord Este; 45,00 m. al Sud Este; 16,10 m. al Sud Oeste; y 45,50 m. al Nord Oeste.
Linderos: Al Nord Este: Calle 105 (P); al Sud Este: Calle 14 (T); al Sud Oeste: parte de la Parcela 6; y al Nord Oeste: Parcela 4.
Superficie: 723,75 m2.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 983/ 05.-

EXPEDIENTE Nº 2341 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 21 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2005.-