VISTO:
En la localidad de Villa Moll el hecho de que tanto los puentes como los caminos principales y de las escuelas rurales que unen la ciudad cabecera de Navarro están de manera intransitables
Que los caminos rurales son las vías de comunicación tanto dentro como fuera del ámbito agrario, estimulando el arraigo y la organización de los asentamientos humanos, permitiendo alcanzar calidad de vida, facilitando el acceso a la educación, salud y crecimiento económico.
La necesidad y urgencia de los habitantes de la localidad de Villa Moll, partido de Navarro la finalización de la obra de los puentes de mencionada localidad, y;
COSIDERANDO:
Que los caminos mejorarían la calidad de la salud.
Que mejorarían el traslado a pueblos vecinos que faciliten trámites, referidos a la salud y cuestiones bancarias.
Que mejorarían el traslado a escuelas rurales.
Que habría mayor turismo.
Que mejoraría la salida de tránsito pesado y maquinarías agrícolas.
Que mejoraría el desagüe del pueblo debido a las entradas de agua por las alcantarillas.
Que dentro de la importancia del mantenimiento de caminos rurales se encuentran también los puentes que desde hace un tiempo se viene realizando el reclamo sobre su arreglo, restructuración y/o reconstrucción, ya que los mismos son de suma importancia para garantizar el transporte en áreas rurales.
Que, si bien conocemos que en el llamado Puente de Hierro se estaba trabajando, los vecinos se encuentran preocupados por el tiempo de la realización de la obra, por la imposibilidad del tránsito.
Que conocemos, que ésta refacción está a cargo de Vialidad e hidráulica, necesitamos contar con mayor información para la tranquilidad de los vecinos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: SOLICÍTASE al D.E.M. y Secretario de Obras Públicas que arbitre los medios para la pronta finalización de la Obra del Puente. –
Artículo 2ºSOLICÍTASE al D.E.M. y Secretario de Obras Públicas realice el mejoramiento de los caminos rurales para garantizarle a la comunidad poder transitar libremente por dichos caminos. –
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –
REGISTRADO CON EL Nº 017/22.-
EXPEDIENTE Nº 4405 y 4420 -HCD- 22.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2022.-
CAROLINA BOTTERO FRANCO DI LEO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante