VISTO:
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Navarro y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiende a concretar la Contratación y ejecución de la Obra “CASA DE LA PROVINCIA – MUNICIPIO DE NAVARRO” en el dominio municipal cuya dirección es Calle 5 Nº 20 y Calle 24, cuyos datos catastrales son: Circunscripción 1; Sección A; Manzana 68; Parcela 2ª; Partido 75.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: EXÍGASE que como condición inexcusable funcionen prioritariamente las siguientes Dependencias y/u Organismos Provinciales:
- Jefatura Distrital.
- Consejo Escolar.
- Secretaría Asuntos docentes.
- ARBA
- Registro Civil.
- I.O.M.A.
Artículo 2º: SUGIÉRASE al Departamento Ejecutivo Municipal, tramite ante los organismos correspondientes la posibilidad de ampliar la obra en un 20% conforme la Ley 6021 de Obras Públicas.
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –
REGISTRADO CON EL Nº 035/21.-
EXPEDIENTE Nº 4246 -HCD- 21.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DEL 2021.-
RODOLFO SALEMI PAOLA A. MAGGIOTTI
Secretario PresidentaHonorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante