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Nº 1292/13 – Convalidación Decreto Municipal Nº 065/2013

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el “Decreto Municipal Nº 065/2013”, el cual al Ex Intendente Municipal se le abona la compensación por Licencias No Gozadas de los años 2010 y 2011.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1292/13.-

EXPEDIENTE Nº 3176 -HCD- 13.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 22 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2013.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

DECRETO 065/2013

Navarro, 31 de Enero de 2013.-

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 056/12, por el cual el Ex-Intendente Municipal solicita se le abone la compensación por Licencias No Gozadas de los años 2010 y 2011, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme la Doctrina emanada del Honorable Tribunal de Cuentas, según expedientes 4058-2/12 y 4114-277/08, “…La Ley 10921 otorga el derecho a la percepción de las licencias no gozadas para funcionarios sin estabilidad, de acuerdo a lo establecido por la Ley 10430 y su Decreto Reglamentario…” y “…cuando exista Ordenanza que regule la licencia, corresponde la compensación por licencia no gozada…”;

Que, el peticionante ha cesado en el cargo el 09/12/11, corresponde reconocer la compensación por la licencia no gozada proporcional del Ejercicio 2011;

Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos Municipal, se enuncia en forma favorable, no viendo objeción a la solicitud elevada por el Ex–Intendente Municipal para el pago de licencias no gozadas, correspondiéndole se expida a la Secretaría de Economía y Hacienda Municipal sobre los montos, fechas de pago y forma de efectivizarse el mismo;

Que, de acuerdo a la antigüedad del solicitante, para el ejercicio 2011, se debe computar la parte proporcional de 35 días, lo cual resulta un importe de Pesos Cincuenta y Un Mil Doscientos Ochenta y Dos con Sesenta y Tres Centavos ($ 51.282.63), en concepto de licencias no gozadas, y Cuatro Mil Doscientos Setenta y Tres con Cincuenta y Seis Centavos ($4.273.56), en concepto de SAC proporcional sobre licencias no gozadas, abonándose las mismas en tres pagos iguales y consecutivos;

POR ELLO:

El Sr. Intendente Municipal, en uso de las facultades que son propias;

D E C R E T A

Artículo 1º: RECONÓZCASE y ABÓNESE al Sr. Alfredo Castellari, DNI: 04.925.304, que ha cesado el cargo de Intendente Municipal con fecha 09 de diciembre de 2011, la compensación por licencia no gozada proporcional del ejercicio 2011.-

Artículo 2º: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a registrar contablemente, la suma de Pesos Cincuenta y Un Mil Doscientos Ochenta y Dos con Sesenta y Tres Centavos ($ 51.282.63), en las Partidas correspondientes, en concepto de licencias no gozadas, y Cuatro Mil Doscientos Setenta y Tres con Cincuenta y Seis Centavos ($4.273.56), en concepto de SAC proporcional, sumas que serán abonadas en tres pagos iguales y consecutivos.-

Artículo 3º: El presente Decreto se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 4º: Comuníquese, envíese copia al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, dese al libro de Decretos, tome nota quien corresponda y cumplido, archívese.-

DIEGO J. DOSANTOS
Secretario de Gobierno Municipal SANTIAGO A. MAGGIOTTI
Intendente Municipal

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