Nº 1291/13 – Convenio Marco de Cooperación suscripto con la Universidad Nacional del Oeste (Facilitar recursos x Conv. Específicos)

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el “CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN”, suscripto entre la Municipalidad de Navarro; representada por el Sr. Intendente Municipal Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI, por un lado, y por el otro, la Universidad Nacional del Oeste; representada por su rector Organizador, Dr. Marcelo Raúl DUCROS, el cual tiene como objeto facilitarse recursos disponibles, a través de la cooperación, intercambio de información y experiencias de recursos humanos y de mecanismos de apoyo entre ambas instituciones, por medio de Convenios Específicos. Se anexa copia del Convenio.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1291/13.-

EXPEDIENTE Nº 3174 -HCD- 12.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 22 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2013.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN

Entre la MUNICIPALIDAD DE NAVARRO, con domicilio en Calle 107 Nº 80 de la Ciudad y Partido de Navarro, representada en este acto por el Señor Intendente, Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI, DNI.: 23.986.182, por una parte, y por la otra, la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL OESTE, con domicilio en la calle Belgrano Nº 369 San Antonio de Padua, Partido de Merlo, representada en este acto por el Sr. Rector, Dr. Marcelo Raúl DUCRÓS, acuerdan en celebrar el presente “CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN”, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

Marco General

PRIMERA: Lambas instituciones manifiestan su firme propósito y compromiso de realizar acciones conjuntas relativas a las áreas de Ciencia y Tecnología, Cultura y Educación, Salud, Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente entre otras, a través de la gestación de políticas conjuntas y programas conducentes al progreso y bienestar de la comunidad y de ambas instituciones en el Partido de Navarro.-

Objetivo

SEGUNDA: El presente Convenio tiene como objetivo establecer los lineamientos de trabajo que permitan unir y coordinar esfuerzos y facilitarse recursos disponibles, a través de la cooperación, intercambio de información y experiencias, de recursos humanos y de mecanismos de apoyo entre ambas instituciones, a través de Convenios Específicos.-

TERCERA: En este marco, se podrán identificar problemas en áreas de interés común, que para su solución demanden el compromiso de realizar estudios o proyectos a plazos determinados, para elaborar propuestas de programas de acción. Elaborados dichos programas, serán aprobados por ambas partes.-

Vigencia

CUARTA: Las partes acuerdan que el presente Convenio entra en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una duración indefinida. La vigencia y alcance de los programas que se deriven del mismo, se fijará en cada Convenio Específico.-

QUINTA: Las partes se conservan el derecho de plantear l resolución del presente Convenio, preavisando con 3 meses de anticipación, sin perjuicio del incumplimiento de las obligaciones asumidas en los convenios suscriptos.-

————–En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en San Antonio de Padua, a los 19 días del mes de Noviembre del año 2012.—————————————————————————-

SANTIAGO A. MAGGIOTTI
Intendente Municipal Abog. MARCELO RAÚL DUCRÓS
Rector Organizador
Universidad Nacional del Oeste