EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDANSE el “Convenio” suscripto entre la DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por una parte, representada por el Sr. Administrador General Ing. Ricardo Néstor CURETTI, por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE NAVARRO, por la otra, representada por el Sr. Intendente Municipal Lic. Santiago A. MAGGIOTTI, por el cual Vialidad Provincial y la Municipalidad de Navarro realizarán las tareas de control de pesos y dimensiones de vehículos de transporte en las Rutas Provinciales ubicadas en la jurisdicción de ese Municipio, aplicándose en todos los casos las disposiciones y sanciones vigentes en la Provincia.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1298/13.-

EXPEDIENTE Nº 3187 -HCD- 13.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES
DE MAYO DEL 2013.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO

Entre la DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en adelante VIALIDAD PROVINCIAL, por una parte, con domicilio sito en Calle 122 s/ 48 y 49 de la Ciudad de La Plata, representada por el Sr. Administrador General Ing. Ricardo Néstor CURETTI, y la MUNICIPALIDAD DE NAVARRO, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por la otra parte, representada por el Sr. INTENDENTE Municipal Santiago MAGGIOTTI, teniendo por objeto llevar a cabo un Programa de Control de Pesos y Dimensiones, de los vehículos de cargas que circulan por rutas del territorio de la Provincia, acuerdan celebrar el siguiente CONVENIO, sujeto a posterior Resolución aprobatoria del Administrador General:

ARTÍCULO 1º: VIALIDAD PROVINCIAL y LA MUNICIPALIDAD, realizarán las tareas de Control de Pesos y Dimensiones, de vehículos de transporte en las rutas provinciales ubicadas en jurisdicción de ese Municipio, aplicándose en todos los casos las disposiciones y sanciones vigentes en la Provincia.————————–

ARTÍCULO 2º: A los fines previstos en el Artículo 1º, VIALIDAD PROVINCIAL y LA MUNICIPALIDAD, acordarán una programación de tareas utilizando para tal fin los equipos que posean ambos.—————————————————————-

ARTÍCULO 3º: LA MUNICIPALIDAD colaborará con el personal necesario para el adecuado funcionamiento de los equipos de pesaje y la confección de la documentación correspondiente, y en ningún momento dicho personal quedará vinculado a VIALIDAD PROVINCIAL.———————————————————

ARTÍCULO 4º: VIALIDAD PROVINCIAL, instruirá al personal que designe LA MUNICIPALIDAD, para esta actividad, a fin de asegurar el uso correcto de los equipos y proveerá los formularios de ACTAS DE INFRACCIÓN, demás planillas necesarias para detallar los controles realizados, copias de las cuales quedarán en poder de LA MUNICIPALIDAD.-

ARTÍCULO 5º: Estará a exclusivo cargo de LA MUNICIPALIDAD, los gastos ocasionados por la operatividad del equipo de Control de Pesos y Dimensiones, perteneciente a la DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; en concepto de insumos y gastos en personal.—————————————

ARTÍCULO 6º: LA MUNICIPALIDAD procurará el apoyo policial necesario para un adecuado control de las operaciones que se realicen.————————————

ARTÍCULO 7º: A los efectos de este Convenio, se aplicará en todos sus términos el Anexo I, aprobado según Resolución 1 Nº 499/03 de la “D.V.B.A.”.——————

ARTÍCULO 8º: Los fondos percibidos por cobro de multas por infracciones a las normas vigentes sobre Pesos y Dimensiones, serán distribuidos en la forma prevista por la Ley 13297.—————————————————————————

ARTÍCULO 9º: Asimismo, en virtud de lo establecido en la Ley 13297, VIALIDAD PROVINCIAL resulta la autoridad de aplicación del CÓDIGO DE TRÁNSITO, en lo que a Cargas y Dimensiones respecta, lo que significa que todo control efectuado en rutas provinciales que atraviesen el territorio, deberá ser constatado por VIALIDAD PROVINCIAL, razón por la que LA MUNICIPALIDAD interviene en esos casos en función del presente Convenio.———————————————-

ARTÍCULO 10º: Cada ente se compromete a llevar a cabo a su exclusivo cargo el mantenimiento de los equipos que les son propios.——————————————

ARTÍCULO 11º: Estarán a exclusivo cargo de LA MUNICIPALIDAD los salarios y demás obligaciones laborales del personal municipal destacado a las tareas que a ella le corresponden en cumplimiento de este Convenio.———————————–

ARTÍCULO 12º: LA MUNICIPALIDAD se hará responsable mancomunadamente con VIALIDAD PROVINCIAL, frente a terceros de todos los daños y perjuicios, que se pudieran ocasionar con motivo del control de cargas, que se realice en cumplimiento del presente acuerdo.————————————————————–

ARTÍCULO 13º: El presente CONVENIO tendrá un término de vigencia de UN (1) año, a contar de la fecha del primer operativo conjunto realizado bajo este Convenio. Se prorrogará automáticamente por términos iguales, salvo que NOVENTA (90) días antes de fenecer un período, alguna de las partes lo denuncien.———————————————————————————————–

ARTÍCULO 14º: El incumplimiento del CONVENIO por parte de LA MUNICIPALIDAD, a exclusivo criterio de VIALIDAD PROVINCIAL habilita a ésta dar por denunciado el presente Convenio.————————————————

ARTÍCULO 15º: Se deja establecido en relación al Art. 7º, que LA MUNICIPALIDAD abonará el porcentaje establecido, sobre multas percibidas, debiendo justificar los motivos por los que no se hicieron efectivas las restantes.—-

ARTÍCULO 16º: Se crea una Comisión Coordinadora de Seguimiento del presente Convenio, que estará integrada por DOS (2) representantes titulares y DOS (2) suplentes por ambas partes, los que serán designados por el Sr. Administrador General de “VIALIDAD PROVINCIAL” y por el Señor Intendente Municipal.——

ARTÍCULO 17º: Todas las actividades y operativos derivados del Programa de Control de Pesos y Dimensiones objeto del presente Convenio, y todas las características y condiciones relevantes para la efectiva implementación del mismo, así como la asignación y coordinación de recursos, la determinación de la modalidad, localización y extensión temporal de los controles, se acordarán y formalizarán mediante actas suscriptas por la Comisión creada en la Cláusula precedente.———————————————————————————————-

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los……… días del mes de……………………… …de 2013.-

Lic. SANTIAGO A. MAGGIOTTI
Intendente Municipal Ing. RICARDO NESTOR CURETTI
Administrador General – Dirección de Vialidad de la Provincia de Bs. As.