Nº 1305/13 – Establecer el recorrido de la líneas de Transporte Público de pasajero que ingresan a Navarro.

VISTO:

El aumento del tránsito vehicular en la zona céntrica de nuestra localidad y la necesidad de avanzar en el desarrollo de la planificación en materia de ordenamiento vehicular urbano, y;

CONSIDERANDO:

Que, las líneas de transporte público de pasajeros de media y larga distancia tienen un recorrido en nuestra localidad, que afectan el flujo vehicular, el cual se ve saturado debido al exceso de demanda de las vías.

Que, este fenómeno se produce comúnmente en las horas punta u horas pico, trayendo complicaciones que afectan a los vecinos y usuarios.

Que, las arterias comprometidas no están preparadas para el incremento sustantivo del parque automotor, presentando un mayor riesgo cuando no se adecuan los hábitos de modalidad a la evolución.

Que, el tráfico de vehículos aumenta el grado de saturación, en impactos como congestión, riesgo, polución, ruido, segregación, intrusión visual e inaccesibilidad.

Que, la infraestructura de transporte público de pasajeros debe proveer dos funciones básicas, movilidad (permitir la circulación en forma rápida, cómoda, económica y segura de los vehículos) y accesibilidad (permitir el acceso a personas en cualquier punto habitado en el área que sirve la red).

Que, la finalidad de la misma es generar sociabilidad, preservar la seguridad vial, el medio ambiente, la estructura urbana y la fluidez de la circulación.

Que, no obstante ello, es necesario brindar a las empresas de transporte público de pasajeros de media y larga distancia, la posibilidad de un itinerario consensuado previamente, que redundara en beneficio de toda la comunidad.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ESTABLECER el recorrido de todas las líneas de transporte público de pasajeros que ingresan a esta localidad de Navarro.-

Articulo 2°: Las líneas de transportes automotor de pasajeros que ingresen a esta localidad desde Ruta Provincial 41 por el acceso, lo harán hasta calle 1, por calle 1 hasta Boulevard 34, por boulevard 34 desde calle 1 hasta Boulevard 19, por Boulevard 19 hasta calle 24, continuando por Boulevard 119 hasta calle 20, por calle 20 hasta calle 115, por calle 115 hasta Avenida 16, por Avenida 16 hasta calle 113, donde estará la parada final.-

Artículo 3º: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que ingresen desde acceso Ruta Nacional 40 (ex 200), lo harán hasta Boulevard 119, por Boulevard 119 hasta 24, siguiendo por Boulevard 19 hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta calle 1, por calle 1 hasta Avenida 16, por Avenida 16 hasta calle 113.-

Artículo 4º: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que ingresen por acceso ruta Provincial 47 lo harán por Boulevard 19 hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta calle 1, por calle 1 hasta Avenida 16, por Avenida 16 hasta calle 113.-

Artículo 5º: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que egresen hacia ruta Provincial 41 lo harán por calle 113 hasta calle 18, por calle 18 hasta Boulevard 119, por Boulevard 119 hasta calle 24, por Boulevard 19 hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta calle 1, por calle 1 hasta Avenida 16, por Avenida 16 hasta acceso y Ruta 41.-

Artículo 6º: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que egresen hacia acceso Ruta Nacional 40 (ex 200), lo harán desde calle 113 y Avenida 16, por Avenida 16 hasta calle 1, por calle 1 hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta Boulevard 19, por Boulevard 19 hasta calle 24, siguiendo por Boulevard 119 hasta Avenida 16, y por Avenida 16 hasta acceso Ruta Nacional 40 (ex 200).-

Artículo 7º: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que egresen hacia acceso Ruta Provincial 47, lo harán desde calle 113 y Avenida 16, por Avenida 16 hasta calle 1, por calle 1 hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta Boulevard 19, por boulevard 19 hasta calle 46, siguiendo hasta acceso y Ruta 47.-

Artículo 8º: La Municipalidad de Navarro, arbitrará a través de la Dirección de Coordinación de Políticas de Seguridad y Defensa Civil, todas las medidas tendientes a la información y difusión mediante los mecanismos que se consideren pertinentes, como así también el señalamiento vial uniforme.-

Artículo 9º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1305/13.-

EXPEDIENTE Nº 3194 -HCD- 13.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 24 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2013.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante