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Nº 1527/19 – GESTIONAR la colocación de una valla de protección –bien llamado guardarrail- sobre la vereda de la “Plaza Dorrego”.

  • por

VISTO:

              Lo claramente dispuesto en el Art. 27 Incs. 17º) y 18º) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

              La instalación de juegos destinados a ser utilizados por pequeños en el espacio verde popularmente conocido como “Plaza Dorrego”, sita en la Circ. I, Sec. A, Mza. 35 de nuestra Localidad, y;

CONSIDERANDO:

                                  Que los juegos convocan a gran cantidad de pequeños, lo cual es muy loable, sirviendo de esparcimiento y recreación para ellos y sus familias;

                                  Que el propio sector de juegos, cierta e indiscutiblemente se encuentra en cercanías a la salida de emergencia del Cuartel de Bomberos Voluntarios sobre Calle 113 de nuestra Localidad;

                                  Que la salida de vehículos en emergencia y a cierta velocidad, es una situación sumamente riesgosa para quienes se encuentren jugando en el sector de juegos de la “Plaza Dorrego”;

                                  Que la intención de esta propuesta, es salvaguardar la integridad física de las personas que circunstancialmente se encuentren jugando o incluso acompañando a los niños ante la salida de las autobombas y/o las ambulancias del cuartel bomberil;

                                  Que ciertamente si puede evitarse un accidente, aunque sea simple o sin graves consecuencias, el Proyecto será útil.

POR  TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: GESTIÓNESE a través de las áreas municipales con injerencia y competencia en cuestiones de obras públicas y seguridad vial, la colocación de una valla de protección –bien llamado guardarrail- sobre la vereda de la “Plaza Dorrego” que tenga su frente hacia la salida de emergencias del Cuartel de Bomberos Voluntarios del Partido de Navarro, por encontrarse próximo al sector de juegos en dicho espacio verde.-

Artículo 2º: COLÓQUESE a la brevedad posible tal instrumento de seguridad, ello a fines de proteger a quienes se encuentren en el referido lugar de recreación; ya sean niños, o los adolescentes y/o adultos que acompañen a los pequeños para hacer uso de los juegos infantiles instalados.-

Artículo 3º: La construcción, el armado y/o la colocación de los instrumentos señalados; exclusivamente estarán a cargo de la Municipalidad de Navarro. Por lo que no se verán afectadas partidas presupuestarias distintas a las asignadas en el mismo erario municipal.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponda, dese al Libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1527/19.-

EXPEDIENTE Nº 3909 -HCD- 19.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 08 DIAS DEL MES

DE ABRIL DEL 2019.-

      GUILLERMINA BRUNO                                         ALFREDO CASTELLARI

                    Secretaria                                                                  Presidente

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante