VISTO:
La declaración de Pandemia por parle de la Organización Mundial de la Salud, con respecto al COVID-19, el Decreto Nacional N» 260/2020 y el Decreto N° 132/2020, de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona;
Que su rápida propagación supone riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio;
Que las autoridades sanitarias Nacionales y Provinciales refuerzan las medidas preventivas relacionadas con el coronavirus, para proteger la salud de los argentinos a través de constantes medidas de prevención;
Que es la responsabilidad del Gobierno Municipal tomar medidas que contribuyen a la prevención y contención del virus;
Que a fin de dar respuesta preventiva e inmediata ante la emergencia sanitaria y para ofrecer una atención adecuada para los vecinos, se procedió a la contratación de un inmueble adecuado, destinado para el exclusivo funcionamiento en el Partido de Navarro de Consultorios Externos del Hospital San Antonio de Padua de Navarro y/o para la dependencia que estime necesaria de acuerdo al fin que persigue la Municipalidad de Navarro, dejando las instalaciones del Hospital Municipal San Antonio de Padua para la atención de posibles casos de COVID- 19;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDASE el “Contrato de Locación”, celebrado entre la Sra. María C. Traverso; la Sra. Ana María Borgarelli; el Sr. Claudio J. Bugueiro y el Sr. Helgar R. Mussi Manzur, por un lado y por el otro Ia Municipalidad de Navarro, representada por el Sr. Intendente Municipal Lic. Santiago A. Maggiotti, por el cual los primeros dan en locación a la segunda, un inmueble ubicado en calle 109 N° 132 entre 20 y 22, con el objeto que la Municipalidad de Navarro destine el bien locado para el exclusivo funcionamiento en el Partido de Navarro de Consultorios Externos del Hospital San Antonio de Padua de Navarro y/o para la dependencia que este último estime necesaria. Se anexa copia de Contrato de Locación.-
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1570/20.-
EXPEDIENTE Nº 4056 -HCD- 20.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2020.-
MARÍA C. GUARNERI FACUNDO I. DIZ
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante