Nº 1593/20 – Adhesión a la Ley Nacional Nº 27.535 (Agregar Contenidos Curriculares del Folclore Argentino en todos los Niveles del Sistema Educativo Nacional).-

VISTO:

               El presente proyecto de Resolución tiene como objetivo adherir a la ley Nacional, Nº 27535, sancionada el 9 de Noviembre de 2019, cuyo espíritu es agregar los contenidos curriculares del folclore argentino en todos los niveles del sistema educativo nacional, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que Augusto Raúl Cortázar, profesor titular de Literatura Argentina, Folclore General y Ciencias Antropológicas –Orientación Folclore, tanto en la Universidad de Buenos Aires (UBA) como en la Universidad Católica (UCA), expresaba con respecto al Folclore: “Es el alma mater de un pueblo porque representa la música, la danza, las fiestas, las celebraciones y rituales, la literatura en sus múltiples formas (desde los dichos a la poesía), el mito, la leyenda, las artesanías, las expresiones plásticas costumbristas, la gastronomía. Pero también el folclore es “la ciencia que observa, recoge, documenta, describe, clasifica, estudia y compara las manifestaciones de la cultura tradicional del pueblo o sociedad folklórica para después de este análisis, realizar síntesis y exponerlas sistemática y metódicamente. Al ser una ciencia, el folklore tiene un método, un esquema de estudio y sus resultados deben exponerse en forma sistemática”, Ha sido una constante en estos últimos años la lucha incansable por parte de la Academia Nacional de Folklore de la República Argentina para lograr la enseñanza del folklore en todas las Instituciones Educativas del país, como así también el Instituto de Artes Folclórico IDAF. Tal cual se ha expresado en distintas oportunidades, es el Folclore el modo de reforzar el sentimiento de comunidad, como espacio de cohesión, de reproducción de valores y de pertenencia. La inquietud por la enseñanza del folclore tiene en Tucumán antecedentes que se remontan a fines de la década de 1930. El destacado pensador y filósofo tucumano Alberto Rougés escribió entonces: “para que la educación pública no siga fracasando en materia de formación cultural es necesario que se comprenda que el objetivo esencial de esta debe ser formar, en la medida de lo posible, creadores de cultura y un público para estos, capaz de apreciar la creación, de amarla y, por ahí, de incorporarla a la vida espiritual de un pueblo… ese fondo emocional y valorativo es parte esencial de la personalidad de un pueblo, hace del pasado, presente y futuro de este, un todo espiritual. En él nace el niño a la vida consciente, arrullado por canciones de cuna. El arte tradicional, gran pedagogo, le enseña luego rimas infantiles, cuentos, adivinanzas, villancicos, romancillos, el canto jubiloso, vivificante del espíritu, que el niño entona en sus juegos espontáneos, y que no se deja entrar a la escuela, para reemplazarlo por otro, extraño a la sensibilidad del alumno, que este no canta sino en clase”. El Folclore como materia de estudio en todas las escuelas argentinas, permitirá sin lugar a dudas, reafirmar la identidad nacional y local. Es evidente que nuestro país posee características y tradiciones propias de cada provincia. Por ende, será fundamental adaptar los currículos escolares de cada jurisdicción respetando las características del lugar, tales como: danzas; fiestas y celebraciones, creencias, mitos, leyendas y rituales; formas de organización social, indumentaria y vocabulario, entre otros. Distintos especialistas en estos últimos años han manifestado su expreso apoyo un proyecto de ley que incorpora la enseñanza del Folclore en los distintos niveles educativos.

                                   Que, expresan en forma permanente su preocupación por la «homogeneización cultural» a la que se ven sometidos nuestros niños, niñas y adolescentes, provocada por la globalización, y que estaría influyendo en exceso, por lo cual la enseñanza del folclore en la escuela sería una forma de reafirmar las identidades nacional y local.

                                   Que, además significaría una salida laboral para muchos profesores de la materia que -desde hace ya muchos años- se forman en distintos institutos y universidades. Poner en marcha un proyecto de Ley que incorpore en el ámbito escolar la enseñanza de nuestro Folclore es valorar y reconocer el trabajo que muchísimos profesores vienen realizando a diario en cada localidad, en cada barrio de nuestra querida provincia.  Incluir el folclore en la educación formal es una de las formas del rescate de las tradiciones. Enriqueciendo culturalmente a alumnos, docentes y toda la comunidad. Preservando y difundiendo ese patrimonio ancestral que encierra el genuino saber popular. Entendiendo que el mejor lugar para divulgar la herencia cultural de los pueblos es la escuela, cuya función es la transmisión de conocimientos y saberes. Tenemos la enorme oportunidad de poder establecer una enseñanza realizada a partir de esas raíces, y así el folclore, integrándose con otras materias, permitirá estrechar lazos entre la escuela, lo social y la comunidad. Conociéndolo, es como las nuevas generaciones aprenderán a quererlo.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: ADHESIÓN. Objeto. Se adhiere a la Ley Nacional N° 27535 cuyo objeto es: “Los Educandos tienen derecho a recibir educación sobre el Folclore, como Bien Cultural Nacional, en los Establecimientos Educativos Públicos, de Gestión Estatal y Privada de las Jurisdicciones Nacional y Provincial. –

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –

REGISTRADO CON EL Nº 1593/20.-

EXPEDIENTE Nº 4139 -HCD- 20.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 24 DIAS DEL MES

DE NOVIEMBRE DEL 2020.-

       MARÍA C. GUARNERI                                           PAOLA A. MAGGIOTTI

                    Secretaria                                                           Vice-Presidenta 1ª

Honorable Concejo Deliberante                Honorable Concejo Deliberante