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Nº 1622/21 – Colocación de Contenedores de RSU en nuestro Pueblo y en las Localidades del Interior del Partido de Navarro.-

  • por

VISTO:

               Que es del interés de la población del partido de Navarro trabajar sobre los residuos urbanos disponiendo correctamente de ellos para su posterior tratamiento en la planta local de Residuos Sólidos Urbanos;

               Que debemos apuntar a darle un uso eficiente a la mencionada planta de RSU, y para necesitamos una concientización constante en la población seguida de una recolección eficaz, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que el progresivo aumento de la generación de residuos sólidos urbanos y su posterior desecho no es sustentable en el tiempo.

                                   Que es indispensable hacer algo para frenar este crecimiento en la generación, como así también desarrollar un proyecto extendido en el tiempo para la gestión integral de estos desechos.

                                   Que es importante desarrollar las bases de una ciudadanía responsable comprometida con las buenas prácticas ambientales, para que así tome una actitud proactiva con miras a la generación de desechos de manera sustentable.

                                   Que las instituciones educativas son el mejor ámbito para la generación de conciencia ambiental y prácticas ecológicas en la primera edad y que a partir de allí resulta más fácil trasladar estas prácticas al resto de la comunidad.

                                   Que, según experiencias de otras ciudades, y expresiones de expertos es fundamental involucrar en el programa a escuelas y jardines de infantes, con acciones especiales, porque los chicos, así concientizados, concientizan a sus familias, y porque así la basura de las escuelas mismas recibe tratamiento adecuado, así como también la de los edificios públicos.

                                   Que los residuos de la ciudad cabecera ya son separados y que el producto de esta clasificación es comercializado.

                                   Que debemos incluir a Moll, Las Marianas y Almeyra, en la separación Diferencial de Residuos.

                                   Que por la comercialización de estos residuos clasificados recibe un incentivo el personal que trabaja en la Planta de tratamientos

                                   Que con este proyecto se pretende la separación en origen y recolección diferenciada de los residuos reciclables, contribuyendo a mejorar la calidad y cantidad del material reciclable recolectado, promoviendo un cambio cultural y priorizando el cuidado del medio.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: COLÓQUENSE en diferentes puntos de los pueblos del partido cabecera y de los pueblos del interior, especialmente cerca de las unidades educativas, contenedores especiales para la recolección de cartón, metal, plástico y vidrio.

Artículo 2°: DISPÓNGASE el traslado de dichos residuos especiales a la Planta de Tratamientos de Residuos Sólidos Urbanos.

Artículo 3°: La reglamentación de la presente Ordenanza indicará la gradualidad necesaria y posible en la recolección de los residuos especiales y el traslado hasta la Planta de Tratamientos de Residuos Sólidos Urbanos, así como la señalética o identificación que tendrán los contenedores y espacios donde estos estén implantados.

Artículo 4°: ADÓPTENSE, las medidas publicitarias necesarias, folletería, comunicaciones radiales, charlas en los colegios, etc., para hacer conocer ante la población la ejecución de dicho proyecto y la importancia del cuidado del medio.

Artículo 5°: ADÓPTENSE las medidas necesarias para hacer partícipes a las unidades educativas en la promoción y ejecución de dicho proyecto.

Artículo 6°: ADÓPTENSE las medidas necesarias para hacer partícipes a las unidades de la Administración Pública, y sin excepción a las dependientes de la Municipalidad de Navarro en la correcta separación de los residuos generados, promoción y ejecución del proyecto.

Artículo 7º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –

REGISTRADO CON EL Nº 1622/21.-

EXPEDIENTE Nº 4238 -HCD- 21.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES

DE SEPTIEMBRE DEL 2021.-

        RODOLFO SALEMI                                              PAOLA A. MAGGIOTTI

                 Secretario                                                                     Presidenta

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante