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1203/11 Donacion Asoc.Coop. del Hospital San Antonio de Padua

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VISTO:
El Expediente Interno Nº 131/11 caratulado “Secretario de Gobierno S/Solicita dictamen, a fin de instrumentar adquisición de ambulancia”, y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CP. SAMO Nº 30 del “Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada” de la Provincia de Buenos Aires, se asignó a la Municipalidad de Navarro la suma de $ 100.000,00 en concepto de “Apoyo Financiero” con destino a la adquisición de una ambulancia para ser afectada al servicio del Hospital Local;
Que, la suma asignada resulta insuficiente para la adquisición de una ambulancia;
Que, a lo expuesto se agrega que la Municipalidad de Navarro no cuenta con recursos actuales suficientes para completar el resto del dinero que se necesita para esa compra;
Que, oportunamente la “Asociación Cooperadora del Hospital San Antonio de Padua” de Navarro solicitó apoyo económico a la Municipalidad de Navarro para cambiar una ambulancia usada por una unidad nueva, más moderna y mejor equipada;
Que, en consecuencia, sería auspicioso y conveniente destinar el dinero recibido por el “Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada” de la Provincia de Buenos Aires para que la “Asociación Cooperadora del Hospital San Antonio de Padua” pueda cambiar la ambulancia;
Que, a esos efectos la Municipalidad de Navarro debería donar la suma recibida en concepto de “Apoyo Financiero” del “Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada” de la Provincia de Buenos Aires, a la “Asociación Cooperadora del Hospital San Antonio de Padua”, ya que la ambulancia -que la citada Institución entregará en parte de pago para proceder a la compra de la nueva unidad- se encuentra a su nombre;
Que, el sistema de salud necesita dos soluciones inmediatas que permitan la cobertura de las necesidades más urgentes con el mejor equipamiento posible;

POR TODO ELLO:
Y en los términos de los Artículos 56 y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades 6769/58 y sus modificaciones;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: DÓNASE a la “Asociación Cooperadora del Hospital Municipal San Antonio de Padua” de Navarro la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00), que fuera recibida por la Municipalidad de Navarro en concepto de “Apoyo Financiero” de parte del “Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada” de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución CP. SAMO Nº 30.-

Artículo 2º: La suma donada deberá ser destinada en su totalidad a la compra de una nueva ambulancia para el Hospital San Antonio de Padua.-

Artículo 3º: La donación será imputada a Conducción Superior, Programa 01.04 Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado 5.2.4.0 del Presupuesto de Gastos en vigencia.-

Artículo 4º: Los Vistos y Considerandos forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 5º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1203/11.-

EXPEDIENTE Nº 2993 -HCD- 11.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE ABRIL DE 2011.-

DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

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