EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDASE el “Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Pago”, suscripto entre PROVINCIA A.R.T. S.A., representada por la Sra. Myriam CLERICI, como Gerente General de Provincia A.R.T. S.A., por una parte, y por la otra, la Municipalidad de Navarro, representada por el Intendente Municipal, Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI. (Se adjunta copia de Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Pago).-
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1417/15.-
EXPEDIENTE Nº 3459 -HCD- 15.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 23 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2015.-
EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y ACUERDO DE PAGO
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de agosto de 2015 entre la Lic. MYRIAM CLERICI, con D.N.I. Nº: 17.395.918 en su carácter de Gerente General de PROVINCIA A.R.T. S.A., con domicilio Legal constituido en Carlos Pellegrini Nº 91, Capital Federal, en adelante denominada “EL ACREEDOR Y LA MUNICIPALIDAD DE NAVARRO”, con C.U.I.T. Nº 30-66454076-9, representada en este acto por el Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI, con D.N.I. Nº 23.926.182 en su carácter de INTENDENTE MUNICIPAL, en adelante denominado “EL DEUDOR”, convienen en celebrar el presente “RECONOCIMIENTO DE DEUDA y ACUERDO DE PAGO”, sujeto a las siguientes cláusulas:
1) “EL ACREEDOR” es titular de un crédito equivalente a PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y CINO MIL SETENTA Y SEIS CON 19/100 ($ 1.385.076,19), según lo detallado en Anexo I que forma parte del presente.-
2) “EL DEUDOR” acepta con carácter de Declaración Jurada, que los datos básicos para la determinación de su deuda con “EL ACREEDOR” son los que resultan de aplicar mensualmente las alícuotas de $ 0,00 por cada trabajador más 4,150% sobre masa salarial, más la suma de $ 0,60 por cada trabajador para la determinación del FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. “EL DEUDOR” también acepta que, se surgir diferencias en los períodos involucrados en el presente, como efecto de D.D.J.J. o rectificativas presentadas tardíamente, serán atendidas por “EL DEUDOR” en el momento que “EL ACREEDOR” se las notifique.-
3) “EL DEUDOR” acepta que la deuda reconocida en el presente es de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y CINO MIL SETENTA Y SEIS CON 19/100 ($ 1.385.076,19), que “EL DEUDOR” se compromete a abonar de la siguiente manera:
a) Un anticipo, a la firma del presente de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000,00).
b) El saldo de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y CINO MIL SETENTA Y SEIS CON 19/100 ($ 1.085.076,19), en ocho (8) cuotas mensuales iguales y consecutivas de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 75/100 ($ 145.264,75), cada una de ellas, en un todo de acuerdo al Anexo II que forma parte del presente.
4) Ambas partes convienen en pactar la mora automática y de pleno derecho, sin interpelación de ninguna naturaleza, para el caso de configurarse la mora, tanto en un vencimiento de las cuotas pactadas en el presente acuerdo, como así también la de períodos, cuyo vencimiento opere con posterioridad al último involucrado en éste, de producirse esta situación caducarán los plazos otorgados para los vencimientos siguientes, recalculándose los saldos pendientes, más todos sus accesorios.-
5) A efectos de agilizar el cobro, “EL DEUDOR” presta su conformidad y autoriza, se realice el débito automático de los importes pactados según punto 3º Ítem a) y b) sobre la Cuenta Nº 4273/4 de la Sucursal Nº 7072 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma mensual y consecutivas hasta saldar el total del monto, objeto del presente.-
6) La acreditación de los importes, liberará, en forma total y definitiva, a “EL DEUDOR” de la deuda reconocida en los puntos 2º y 3º.-
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un único efecto.——————————————————————————-
SANTIAGO A. MAGGIOTTI
Intendente
Municipalidad de Navarro