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656/98 Plan Flia Propietaria

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDÍCASE en forma definitiva, a las personas que en cada caso se indica, los inmuebles que se consignan en el listado que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.-

Artículo 2º: REQUIÉRESE la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de las correspondientes escrituras traslativas de dominio, dejándose constancia que la posesión real y efectiva de los inmuebles se otorgará en el momento de la escrituración.-

Artículo 3º: El precio de venta de cada lote se fija en la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta ($ 450). Dicho importe está integrado de la siguiente forma: la suma de Pesos trescientos ($ 300) en concepto de valor del lote de terreno y la suma de Pesos Ciento Cincuenta ($ 150) invertido o a invertirse en obras de infraestructura. Esta suma será abonada en treinta (30) cuotas de Pesos Quince ($ 15) cada una, sin gravamen hipotecario.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 656/98.-
EXPEDIENTE Nº 1420 -HCD- 98.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DE 1998.-

FEDERICO MARTIN GIMENO RAÚL OSVALDO LAMBERT
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante