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827/02 Huertas Comunitarias

  • por

VISTO:

La necesidad de verduras y hortalizas en los Comedores Escolares, Hospital, Hogar de Ancianos, y Hogares carecientes de recursos…

La pérdida de cultura del cultivo de huerta…

La cantidad de terrenos baldíos improductivos…; y

CONSIDERANDO:

Que debemos atender a las necesidades de provisión de productos para consumo alimentario que permita, aunque sea en menor grado, a paliar la difícil situación económica en aquellos sectores que no cuentan con recursos para su adquisición en los comercios locales…

Que debemos solucionar el abandono de lotes urbanos, los que muchas veces originan suciedad y dan al pueblo un aspecto de desprolijidad…

Que desde el Municipio se puede promover la producción, generando a la vez la dignidad de quienes se encuentran ocupados en una tarea productiva en beneficio de muchos…

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a formular convenios con los vecinos para que por medio de exención impositiva, éstos ofrezcan sus terrenos baldíos para ser aprovechados para huertas comunitarias.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo proveerá las herramientas mínimas indispensables para la realización de la tarea, y tramitará ante el INTA la obtención de las semillas necesarias.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 827/02.-

EXPEDIENTE Nº 1841-HCD- 02.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 22 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2002.-

ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante