VISTO:
El Expediente Nº 1866/02, elevado a éste Honorable Cuerpo por vecinos de esta localidad, solicitando se realicen reuniones de Galgos, en conjunto con Instituciones Benéficas del Partido de Navarro, y
CONSIDERANDO:
Que las carreras de perros galgos con carácter recreativo constituyen una actividad o características tradicionales con arraigo en la Provincia de Buenos Aires que pueden contribuir al esparcimiento de la población;
Que lo recaudado para este tipo de espectáculo será destinado a la refacción de los edificios de las instituciones, en especial en especial escuelas barriales;
ES POR ELLO QUE
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase en el Partido de Navarro, con la modalidad de actividad recreativa, las denominadas Carreras de Galgos, organizadas por Instituciones de Bien Público reconocidas municipalmente.-
Artículo 2º: Cada uno de los eventos que de esta actividad se organicen en el Partido de Navarro, deberá ser requerida por una Institución reconocida en dicho Partido. El producido será destinado a dicha Institución.-
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la presente Ordenanza.-
Artículo 4º: La Municipalidad se reserva el Poder de la Policía y la posibilidad de realizar verificaciones de índole sanitaria a requerimiento de Instituciones y/o particulares. De comprobarse alguna irregularidad, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá suspender la aplicación de la presente Ordenanza.-
Artículo 5º: La presente Ordenanza tendrá validez por el término de un (1) año en el cual se evaluará la prórroga de la misma de acuerdo a los resultados que generen las mencionadas carreras.-
Artículo 6º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 840/02.-
EXPEDIENTE Nº 1866 -HCD- 02.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2002.-
ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante