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851/02 Convenio Plan de Obras Municipales

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Convalídase el Convenio Específico, Plan de Obras Municipales representado por el Sr. Subsecretario de Obras Públicas Don Julio Oscar Quirós y el Sr. Subsecretario de Asuntos Municipales, Don Armando Ramón Traferri por un lado y la Municipalidad de Navarro representada por el Intendente Municipal Sr. Alfredo Castellari, por el otro.-

Artículo 2º: Comuníquese a quién corresponda. Dése al Libro de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones. Cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 851/02.-

EXPEDIENTE Nº 1915 -HCD- 02.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 25 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2002.-

ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO ESPECÍFICO
PLAN NACIONAL DE OBRAS MUNICIPALES

Entre el Estado Nacional, representado en este acto por el Sr. Subsecretario de Obras Públicas, Don Julio Oscar QUIROS y el Sr. Subsecretario de Asuntos Municipales, Don Armando Ramón Traferri, con domicilio en Hipólito Yrigoyen 250, piso 11, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el Municipio de Navarro representado por el Sr. Intendente Don Alfredo CASTELLARI, con domicilio en Mitre 346, en adelante el Municipio, acuerdan celebrar el presente Convenio Específico, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del Plan Nacional de Obras Municipales es fomentar la ejecución de obras y servicios de infraestructura a nivel local, mediante el financiamiento de materiales y herramientas menores necesarios para la realización de los trabajos, promoviendo la reactivación de las economías locales y la generación de puestos de trabajo mediante la utilización de mano de obra intensivo.————————————————————————————————

SEGUNDA: El Estado Nacional se compromete a destinar al Municipio hasta un monto máximo de Pesos Setenta y Un Mil Novecientos Setenta y Cuatro con Setenta y Cuatro Centavos ($ 71.974,74), para el financiamiento de los materiales y herramientas menores necesarios para la ejecución de las obras y los servicios de infraestructura que se aprueben en el marco del Plan Nacional de Obras Municipales.——————————————————————————————–

TERCERA: El Plan de Obras y Servicios de Infraestructura será definido y ejecutado por el Municipio, a cuyos efectos éste deberá proponer las obras y los servicios considerados prioritarios, observando las siguientes pautas:
a) La adquisición de materiales y herramientas menores en comercio o industrias locales.
b) La contratación de mano de obra local, mediante la absorción de beneficiarios del Programa Jefes de Hogar aprobado por el Decreto Nº 565/02.
c) Un plazo de ejecución de las obras y los servicios de infraestructura no mayor a Ciento Ochenta (180) días.-

CUARTA: El Plan de Obras y Servicios de Infraestructura que defina oportunamente el Municipio, deberá ser aprobado por el órgano competente en materia de Obra Pública de la Provincia de Buenos Aires, dentro de los Quince (15) días de suscripto el presente, debiendo éste último remitir a la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de La Nación, la ficha de Identificación de Demanda Municipal de Obras que, juntamente con su Instructivo, como Anexo I, forma parte integrante del presente.————————————————————————————————————–

QUINTA: El monto asignado al Municipio con destino a la compra de materiales y herramientas menores, deberá representar una incidencia del Cuarenta por Ciento (40%) sobre el monto total del plan de obras y servicios de infraestructura que el Municipio defina en el marco del Plan Nacional de Obras Municipales. El Sesenta por Ciento (60%) restante deberá representar el rubro de mano de obra, a través de la absorción de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar aprobado por el Decreto Nº 565/02.—————————————————————————-

SEXTA: Las partes acuerdan que el monto que se destine al financiamiento del Plan Nacional de Obras Municipales, será remitido en forma directa a la cuenta con asignación específica que al efecto determine el Municipio, en el Banco de la Nación Argentina. Esta información deberá ser suministrada a la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de La Nación, dentro de los Diez (10) días corridos de suscripto el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en el instructivo, que como Anexo II, forma parte integrante del presente. La falta de cumplimiento en la forma y el plazo indiciado, inhibirá de efectuar la distribución de las sumas acordadas.——————————-

SÉPTIMA: El monto previsto en la cláusula segunda, será girado al Municipio, de acuerdo con el siguiente mecanismo:
a) El Veinticinco por Ciento (25%) de los recursos, a la firma del presente Convenio Específico, debiendo ser destinado exclusivamente a la adquisición de materiales y/o herramientas menores.
b) El Setenta y Cinco por Ciento (75%) restante, contra la certificación parcial de avance de obra aprobada por el órgano provincial competente en materia de obra pública. A tal fin, el órgano provincial competente en materia de obra pública deberá remitir a la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de La Nación, juntamente con la documental referida, una solicitud de envío de los fondos que le correspondan al Municipio conforme a la certificación efectuada.

OCTAVA: A los fines de efectuar una adecuada publicidad del Plan Nacional de Obras Municipales, las partes acuerdan colocar, por cuenta y cargo del Municipio, en un lugar destacado de cada obra y servicios de infraestructura, un cartel con las características y especificaciones técnicas detalladas en el Anexo III que integra el presente. Dicho cartel deberá ser colocado con una antelación de diez días al inicio de las obras y permanecer durante todo el desarrollo de las mismas.——————-

NOVENA: Las partes convienen que la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de La Nación efectuará la auditoría en el seguimiento del Plan Nacional de Obras Públicas.————————————————————————

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los …………. días del mes de septiembre del 2002.-