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942/05 Ordenanza Nº872/03

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Sustitúyase el texto de la Ordenanza Nº 872/03, por el siguiente:

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar por un precio de $ 20.000 el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción 1ª; Sección B; Quinta 22; Parcela 10; Partida 8438 – Matrícula 4014 del Partido de Navarro (75).

Artículo 2º: La compra, se realizará con el único objeto de destinar el inmueble a la construcción de viviendas de emergencia, deberá efectivizarse en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ordenanza 471/94; en consecuencia, deberá deducirse del precio a abonar las tasas y contribuciones adeudadas por sus titulares a la Municipalidad, originadas en el bien referenciado en el artículo anterior y en todos aquellos cuya titularidad registren ante la Oficina Municipal de Rentas.-

Artículo 3º: Los gastos de escrituración estarán a cargo de la Municipalidad de Navarro.

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 942/05.-

EXPEDIENTE Nº 2211 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 18 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2005.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante