964/05 Miguel Angel Herrera

VISTO:

El reclamo formulado por el agente municipal MIGUEL ÁNGEL HERRERA (DNI: 7.781.999) en el expediente 278/05/H caratulado “HERRERA, MIGUEL ÁNGEL S/ SOLICITA RECLAMO SOBRE PRESENTISMO”; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el mes de octubre de 2004 el Honorable Concejo Deliberante de Navarro sancionó la Ordenanza 920/04;

Que, la citada Ordenanza amplió el Anexo de la Ordenanza Nº 788/01 (premio por presentismo);

Que los incisos “G” y “H” incorporados por la Ordenanza 920/04 establecen el siguiente G: A las inasistencias por problemas severos de salud, que fueran causal de jubilación por incapacidad, otorgando el derecho de percepción hasta recibir el beneficio jubilatorio. H: Los Agentes Municipales que estén encuadrados en el beneficio que establece el punto “G” y que a la fecha se encuentren sin percibir el premio por presentismo, serán beneficiados retroactivamente desde la fecha en que se determinó el grado de incapacidad causal de jubilación.

Que, con posterioridad al dictado de la Ordenanza 920/04 el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 939/05;

Que, esta última Ordenanza precisó los alcances de la Ordenanza 920/04 al disponer en su Artículo 1º lo siguiente: ABÓNESE a los Agentes Municipales que oportunamente tramitaron o que actualmente tramitan su jubilación por invalidez, todos los premios por presentismo descontados a partir de las inasistencias causadas por la/s enfermedad/es causal/es del trámite jubilatorio…;

Que conforme se desprende de lo informado por la Oficina de Personal a fs. 6 del expediente 278/05/H, al agente MIGUEL ÁNGEL HERRERA se le otorgó licencia por enfermedad a partir del mes de junio de 2002, habiendo comenzado a percibir el rubro “presentismo” hasta el mes de diciembre de 2004;

Que, en consecuencia, corresponde hacer lugar al pago del rubro “presentismo” reclamado por MIGUEL ÁNGEL HERRERA desde el mes de junio de 2002 hasta el mes de noviembre de 2004, inclusive;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a abonar al agente municipal MIGUEL ÁNGEL HERRERA (DNI:7.781.999), el rubro “presentismo” desde el mes de junio de 2002 hasta el mes de noviembre de 2004, inclusive.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 964/05.-

EXPEDIENTE Nº 2295 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2005.-