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987/06 Automotores

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

PROYECTO DE ORDENANZA
PARA REGULARIZACIONES TRIBUTARIA DE AUTOMOTORES

Artículo 1º: ESTABLÉCESE un Plan de Regularización de Titularidad Tributaría y de Deudas por patentes para los Automotores cuyas Patentes cobra el Municipio por transferencia de la Provincia de Buenos Aires y para los incluidos en el capitulo XI de la Ordenanza Impositiva vigente, conforme a las siguientes normas:

a) El Plan alcanzara solamente a aquellos propietarios de automotores que se presenten hasta el 30 de junio de 2006 para registrar su correcta titularidad y cancelar el total los montos adeudados.
b) Hasta la fecha indicada en el inciso anterior, se podrá cancelar la deuda existente en un pago al contado, abonando un monto que no supere al 25 % del valor de la unidad, conforme Tablas de Valuación Oficiales.
c) La deuda que supere el monto fijado en el inciso anterior, quedará condonada una vez cancelado ese monto.
d) Mediando Juicio de apremio el contribuyente cancelará las costas del proceso simultáneamente, fijándose los honorarios de los letrados intervinientes en el mínimo de la escala legal aplicable.
e) Cuando el contribuyente no cancele al contado el monto resultante del inciso b) podrá acogerse a los Planes Permanentes de Pago que tenga en vigencia la Municipalidad.
f) Suspéndanse todas las Acciones Judiciales para el cobro por vía de apremio de las deudas por Patentes, hasta la fecha indicada en el inciso a).
g) Quienes luego de esa fecha no hayan regularizado su situación fiscal y quienes incumplan los planes otorgados, quedarán alcanzados por el Plan de Cobranzas por Apremio Judicial, implementado por el Departamento Ejecutivo.
h) El Departamento Ejecutivo podrá establecer convenios con el Registro de la Propiedad Automotor a fin del cumplimiento de este Plan.
i) El Departamento Ejecutivo podrá, por una vez, prorrogar el plazo establecido en el inciso a).

Artículo 2º: CONDONASE el cincuenta por ciento de la Patente Anual del año 2006, a aquellos automotores que cumplan con las siguientes condiciones:

a) No registren deuda alguna al vencimiento de la última cuota del respectivo año.
b) Presenten, ante la Oficina de Rentas Municipal, constancias de contar con la Verificación Técnica Vehicular al día y Seguro contra terceros al día.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 987/06.-

EXPEDIENTE Nº 2383 -HCD- 06.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES
DE FEBRERO DEL 2006.-

SERGIO SORIANO LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante