VISTO:
Que la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio comenzó a regir el 20 de Marzo del 2020, con un decreto firmado por el presidente Alberto Fernández.
Que si bien inicialmente el periodo de cuarentena iba a durar hasta 31 de marzo del 2020, luego se prorrogó hasta el 12 de abril del 2020.
Que visto la propagación del coronavirus, el gobierno nacional viene prorrogando la cuarentena.
Que a nivel Nacional y Provincial se ha prohibido toda actividad, menos las esenciales.
Que pasando los días y viendo cómo va evolucionando la cuarentena en todo el país y sobre todo en distintos lugares se van actualizando otras actividades, y;
CONSIDERANDO:
Que el deporte y las actividades físicas en su totalidad a la fecha no han tenido acción desde el comienzo de la cuarentena, todavía no tuvieron ninguna excepción desde que empezó el confinamiento.
Que en la ciudad de NAVARRO, no se han registrado caso de coronavirus gracias al trabajo del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Comité de Crisis y al compromiso total de la población.
Que luego de este plazo es necesario realizar un levantamiento “GRADUAL” y “REALISTA” de las medidas.
Que las distintas instituciones que realizan actividades físicas y deportivas necesitan retomarlas.
Que las personas necesitan seguir con la actividad cumpliendo los protocolos respectivos.
Que tomando en este contexto las medidas de prevención y protocolo el riesgo será menor y así poder retomar las distintas actividades de forma paulatina.
POR TODO ELLO:
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
Artículo1°:SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de los organismos correspondientes procedan a elevar de forma Gradual y Realista las actividades físicas y deportivas en la ciudad de NAVARRO, para que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y los Organismos correspondientes arbitren los medios necesarios para autorizar los expediente de las actividades y protocolo elevado.-
Artículo 2°: Se establecen lugares, horarios y protocolos según las actividades, establecimientos y deportes.-
Artículo 3°: Elevar copia al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y organismos encargados de resolver y autorizar los protocolos y actividades físicas y deportivas.-
Artículo 4°: Se anexan protocolos acercado por instituciones y diferentes actividades físicas y deportivas.-
Artículo 5°: Los vistos y considerandos forman parte de esta RESOLUCION.-
Artículo 6º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 019/20.-
EXPEDIENTE Nº 4033 -HCD- 20.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 08 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2020.-
ALICIA ODRIOSOLA FACUNDO I. DIZ
Secretaria-Ad-Hoc Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante )