Saltar al contenido

Nº 1471/17 – Empréstito contraído por el Departamento ejecutivo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de hasta $ 4.000.000,00.-

  • por

VISTO:

El Artículo 46ª de la Ley Orgánica de la Municipalidades; y

CONSIDERANDO:

La apremiante situación económica financiera por la que atraviesan la mayoría de los municipios de la Provincia de Buenos Aires y a la que nuestro distrito no escapa;

Que la Municipalidad de Navarro no cuenta con recursos excedentes y los gastos corrientes son considerables;

Que el Banco Provincia de Buenos Aires cuenta con fuentes de financiamientos accesibles para municipios, promocionados por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal, en virtud del Artículo 46ª de la Ley Orgánica de la Municipalidades solicita autorización, a fin de contratar un Empréstito con el Banco Provincia de Buenos Aires, con el objeto de reactivar las inversiones por medio de la compra de Bienes de Capital; Maquinarias Viales; Vehículos y Herramientas en general, para llevar a cabo obras de mejoramiento e interés público, donde se verán beneficiados todos los habitantes del Partido de Navarro;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º. FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un Empréstito de hasta la suma de pesos cuatro Millones ($ 4.000.000,00).-

ARTÍCULO 2º. El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:
Tipo de Operación: Préstamo amortizable a interés vencido.
Sistema de Amortización: Alemán (cuotas de capital constantes a partir de la finalización del período de gracia).-
Periodicidad de los servicios: Mensual.
Plazo: 36 meses, con un período de gracias de 11 meses para el pago del capital. Los servicios de intereses serán pagaderos mensualmente desde el primer mes a partir de la efectivización.
Moneda: Pesos.
Tasa de Interés Aplicable: 17% TNAV fija.
Forma de Pago: La Municipalidad autorizará el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Comisión: Uno por Ciento (1%) sobre el total del Préstamo que se percibirá por única vez en forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.-

ARTÍCULO 3º. El importe del empréstito será destinado a la compra de bienes de capital, compra de maquinarias, vehículos, herramientas, para realizar obras de mejoramiento e interés público para el Partido de Navarro.-

ARTÍCULO 4º. La obligación de pago que asumirá la Municipalidad será garantizada mediante la afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (Ley 10559 y modificatorias), cediéndolos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo.
Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.
A pedido del Banco, esta garantía podrá reemplazar por la cesión de los derechos de la recaudación de Tasas Municipales.-

ARTÍCULO 5º. El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.-

ARTÍCULO 6º. AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir los Convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operación.-

ARTÍCULO 7º. GÍRESE la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que emita el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes 12462 y 13295.-

ARTÍCULO 8º. Posteriormente, GÍRESE la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que tome la intervención de su competencia.-

ARTÍCULO 9º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

ARTÍCULO 10º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1471/17.-

EXPEDIENTE Nº 3654 -HCD- 17.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 10 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2017.-

EDUARDO BOLONTRADE FACUNDO DIZ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante