Saltar al contenido

Nº 1486/17 – ADJUDÍCACIÓN (dentro del Programa Familia Propietaria y de la operatoria Nuevas Parejas) de parcela en propiedad.-

  • por

VISTO:

Que la Municipalidad de Navarro se adhirió al Plan Familia Propietaria creado por Decreto 1782/92 para la solución social de acceso a un espacio de tierra, a familias carentes de un lote; declarada en su Articulo 36, Inc. 7º de la Constitución Provincial la garantía de propiedad de un lote de terreno para erigir su vivienda familiar, única y permanente a familias radicadas o que se radiquen en el interior de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Provincial Nº 1804 de la Unidad Ejecutora y Coordinadora del Programa Familia Propietaria se entregó un subsidio a este Municipio para la compra de una fracción de tierra para la implementación del Programa Familia Propietaria en este Partido;

Que como consecuencia de dicha compra, se efectuó la subdivisión de la parcela en cuestión, aprobándose el plano Nº 75-2-98 que permite destinar 59 parcelas para beneficiarios del Programa;

Que la Unidad Ejecutora y Coordinadora del Programa Familia Propietaria, como Organismo de aplicación, ha verificado que los adjudicatarios se encuentran encuadrados dentro de las pautas de dicho Programa,

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDÍCASE, dentro del Programa Familia Propietaria y de la operatoria Nuevas Parejas, la parcela en propiedad que se detalla a continuación , según nómina aprobada oportunamente por la Unidad Ejecutora y Coordinadora del Programa Familia Propietaria.
Titular Documento Cotitular Documento Mz. Lote
Samatt Mónica Graciela 18.637.304 Pippolo Miguel Ángel 16.477.294 06 a 13

Articulo 2°: Se declara de interés social la escrituración del mencionado lote, en los términos del Artículo 4º, Inc. d) de la Ley Nº 10.830, para proceder por ante la Escribanía General de Gobierno, a la escrituración del mismo a favor la nombrada familia beneficiaria, autorizando al Sr. Intendente Municipal a suscribir la escritura traslativa de dominio.-

Articulo 3ª: Que de acuerdo a la operatoria “Nuevas Parejas” el lote de terreno se adjudica sin cargo a los beneficiarios.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1486/17.-

EXPEDIENTES Nº 3739 -HCD- 17.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2017.-

EDUARDO BOLONTRADE FACUNDO I. DIZ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante