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Nº 1579/20 – Autorización para Aceptar la Única Propuesta presentada en la Licitación Pública Nº 1/2020 por la Empresa EADG-S.R.L.-

  • por

VISTO:

               La Licitación Pública N° 01/2020 destinada a la provisión e instalación de una Planta generadora de oxigeno medicinal en el Hospital San Antonio de Padua de Navarro, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que el Sr. Director de Coordinación de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Navarro por medio de Expediente Interno Municipal N° 267/2020 solicita se efectúe el procedimiento a seguir para la provisión e instalación de una planta generadora de oxigeno medicinal en el Hospital San Antoni de Padua de Navarro, siendo este la Licitación Pública N° 01/2020,

                                   Que por Decreto Municipal N° 164/2020 se procedió al llamado para la Licitación Pública N° 01/2020siendo la fecha de apertura el día m06 de julio de 2020,

                                   Que por Decreto Municipal N° 193/2020 se prorroga el nombrado llamado por solicitud de las empresas invitadas, en virtud del estado de emergencia sanitaria con motivo del COVID-19, para el día 16 de julio de 2020,

                                   Que al acto de apertura se presentaron las Empresas EADG SRL y REBORI RODOLFO, y en virtud del Dictamen elevado por la Comisión Evaluadora de Ofertas surge que ambas Firmas incumplen con los requisitos Formales indispensables especificados en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 1/2020, siendo procedente realizar un segundo llamado en función de lo previsto por el artículo N° 155 del Decreto-Ley 6769/58,

                                   Que por Decreto Municipal N° 219/20 se anula el primer llamado y se realiza un segundo llamado para la Licitación Pública N° 01/2020 para el día 20 de agosto de2020, presentándose al mismo una única oferta realizada por la Empresa EADG SRL, por la suma de pesos catorce millones novecientos cincuenta mil ($14.950.000,00),

                                   Que la Ley Orgánica de la Municipalidades en su artículo N° 155 establece “se registrará una sola oferta y ésta fuera de eficiente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio”,

                         Que conforme el análisis de la oferta realizado por la Dirección de Asuntos Jurídicos Municipal, el mismo concluye que se cumple con los requisitos establecidos en el Pliego en cuento a las formas, los tiempos y las características solicitadas del bien a adquirir,

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la única propuesta presentada en la Licitación Pública N° 1/2020 por la Empresa EADG SRL, por la suma de pesos catorce millones novecientos cincuenta mil ($14.950.000,00) para la provisión e instalación de una planta generadora de oxigeno medicinal en el Hospital San Antonio de Padua de Navarro, en virtud de lo normado por el artículo 155° de la L.O.M. y el artículo 187° del Reglamento de Contabilidad y Administración Municipal. –

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –

REGISTRADO CON EL Nº 1579/20.-

EXPEDIENTE Nº 4096 -HCD- 20.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES

DE SEPTIEMBRE DEL 2020.-

        MARÍA C. GUARNERI                                                FACUNDO I. DIZ

                    Secretaria                                                                   Presidente

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante