VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 315/2020 del 26 de marzo de 2020, el cual otorgó una Asignación estímulo de carácter no remunerativo a la efectiva prestación de servicios al personal de salud abocado al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Asignación fue otorgada hasta el mes de diciembre de 2020 inclusive.
Que en los últimos días se ha constatado un aumento significativo en la propagación de casos de COVID-19 y sus nuevas variantes en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, a la cual el Partido de Navarro no es ajeno.
Que, entre el personal de la salud, sin dudas quienes cumplen funciones de enfermería son quienes por su exposición el riesgo de contagio es mayor que el de las demás personas.
Que se ha destacado y reconocido en la calidad, el empeño y la dedicación que desarrollan los trabajadores y las trabajadoras que cumplen funciones de enfermería dentro del Hospital Municipal “San Antonio de Padua” de Navarro.
Que, en la situación actual, resulta necesaria la adopción de medidas que estimulen la labor que deben desarrollar los trabajadores y trabajadoras que cumplen funciones de enfermería en el marco del Hospital “San Antonio de Padua”.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- INCORPÓRESE a la Ordenanza Municipal N° 1598/2021 del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para la Municipalidad de Navarro para el Ejercicio 2021 el Artículo 23 bis que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 23º bis. – OTÓRGASE a los trabajadores y las trabajadoras profesionales y técnicos que cumplan las funciones de enfermería dentro del Hospital Municipal “San Antonio de Padua” una Asignación Especial COVID-19, que tendrá el carácter de no remunerativa que consistirá en el pago de Pesos Cinco Mil ($ 5.000) mensuales a partir del 1º de abril del corriente año y por seis (6) meses.
Si durante el período establecido, el trabajador o la trabajadora no hubieren cumplido con la asistencia al lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar se ajustará proporcionalmente a la efectiva prestación del servicio, con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a prorrogar dicha Asignación hasta el mes de diciembre de 2021 incluido en el caso de que la situación sanitaria se mantenga en condiciones críticas y el sistema de salud se encuentre en peligro de colapso.
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –
REGISTRADO CON EL Nº 1607/21.-
EXPEDIENTE Nº 4188 -HCD- 21.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2021.-
MARÍA C. GUARNERI PAOLA A. MAGGIOTTI
Secretaria Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante